Sobre La Ley en Régimen

BENEFICIOS DE LA LEY NACIONAL Nº 22.021

 

 

PROYECTOS INDUSTRIALES

 

 

A)      Para el INVERSOR

 

Art. 11º - inc. a) Ley 22021 - Diferimientos por inversión

75 % de la Inversión Total

 

B)      Para la EMPRESA

 

Art. 7º - Ley 22021 - Exención del pago a los impuestos a las ganancias

100 % de la Escala de Ganancias - ( Art. 2º - Ley 22021 )

 

Art. 8º - inc. a) y b) - Ley 22021 - Liberación del IVA en sus ventas por 15 años, a contar desde la puesta en marcha, según la Escala del Art. 2º - Ley 22021

 

Art. 9º - Ley 22021 - Exención del pago de los derechos e impuestos sobre la importación de Bienes de Capital, herramientas especiales, y sus repuestos y accesorios

 

           

PROYECTOS AGROPECUARIOS

 

 

C)      Para el INVERSOR

 

Art. 11º - inc. a) Ley 22021 - Diferimientos por inversión

75 % de la Inversión Total

 

D)      Para la EMPRESA

 

Art. 7º - Ley 22021 - Exención del pago a los impuestos a las ganancias

100 % de la Escala de Ganancias - ( Art. 2º - Ley 22021 )

 

            La inversión en el 1º año debe ser equivalente al 6,67 % de la Inversión Total

 

 

 

PROYECTOS TURÍSTICOS

 

 

E)      Para el INVERSOR

                   

Art. 11º - inc. a) Ley 22021 - Diferimientos por inversión

50 % de la Inversión Total

 

F)      Para la EMPRESA

 

Art. 7º - Ley 22021 - Exención del pago a los impuestos a las ganancias

50 % de la Escala de Ganancias - ( Art. 2º - Ley 22021 )

 

La inversión en el 1º año debe ser equivalente al 10 % de la Inversión Total

 

 

Al momento no existen incentivos fiscales para la radicación de inversiones en los sectores agrícola, pecuario, turístico  e industrial en mediana escala.

Se encuentra en vigencia la Ley Nacional Nº 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados. Su vigencia ha sido prorrogada por la Ley Nacional Nº 26.432. La provincia de La Rioja adhiere a la misma mediante la Ley Nº 6.751.

Ley 22021.pdf
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